martes, 17 de mayo de 2016

Hoy dia Mundial de la Hipertensión Arterial


La presión arterial, llamada normalmente tensión, es la fuerza ejercida por la sangre circulante sobre las paredes de las arterias.

Se considera hipertensión siempre que la presión sistólica  o máxima sea mayor de 140,0 mm. de mercurio y/o la presión diastólica o mínima mayor de 90,00 mm. de mercurio.

 
 La presión arterial alta mantenida en el tiempo, acarrea diversos daños a nivel funcional:

·         Puede dañar los vasos sanguíneos del cuerpo, provocándose en algunos casos la debilitación de las paredes vasculares y permitiendo el sangrado;
·         Facilita el depósito de colesterol y otras sustancias en las paredes de los vasos, dificultando e incluso llegando a impedir el paso de sangre a ese órgano, provocando infartos cerebrales en el caso de arterias que llegan a este órgano, infarto de miocardio, si es en el corazón, fallo renal en riñón, etc...
·         Dificulta la función de los riñones, favoreciendo la formación de cálculos renales.
·         Disminuye la cantidad de calcio, ya que la eliminación forzada del exceso de sodio por la orina, conlleva el arrastre de calcio.
·         Puede favorecer el desarrollo de determinados cánceres como los gástricos.
·         Favorece la retención de líquidos.
·         Dificulta la función del aparato respiratorio.
·         Favorece el sobrepeso y obesidad.


 
Los factores que facilitan la aparición de la hipertensión son:

·         El sobrepeso y obesidad.
·         Consumo excesivo de sal y grasas (sobretodo saturadas).
·         Hábitos como el consumo excesivo de alcohol y tabaco.
·         Estrés.
·         Vida sedentaria (menos de 30 minutos seguidos de actividad ligera a moderada al día)

Respecto al consumo de sal, hay que diferenciar dos tipos:

1.       La sal invisible: Es aquella que forma parte de los alimentos que ingerimos y supone aproximadamente el 80% del total. Dentro de esta. diferenciaremos:
  •   La presente de forma natural en los alimentos (supone un 8%).
  •   La presente de forma intencionada (añadida) en alimentos y  productos  manufacturados (quesos, conservas, platos preparados, aperitivos, etc). Representa el 72% y es la más importante a la hora de reducir. Para ello, la etiqueta que llevan los alimentos es tu gran aliada.
Antes del Reglamento 1169/2011, la información nutricional de los alimentos indicaba la cantidad de sodio que incluían, dato que a la mayoría de la población le resultaba difícil de trasladar a su equivalente en sal. A partir del 14/12/2015, todas las etiquetas de los alimentos envasado tienen obligación de informar sobre la sal que aportan 100g de producto final  y de carácter voluntario, también pueden informar sobre lo que aporta una ración normal del mismo y también dar la información de qué cantidad de sal supone respecto a la ingesta recomendada para un adulto medio. Así pues, podríamos clasificar los alimentos según aporten:

§  Mucha sal: 1.25 gramos por cada 100 gramos de producto.

§  Poca sal: 0.25 gramos por cada 100 gramos de productos. Siendo conscientes, de que finalmente dependerá de la cantidad total ingerida de este y el resto de alimentos.
 

Alimentos desaconsejados:
§   Cualquier tipo de sal: No debe utilizarse sal de mesa, de cocina, sal marina, sal yodada ni sales dietéticas en la elaboración de los platos.
§   Carnes y pescados ahumados, salados, curados y secados.
§   Crustáceos. Moluscos. Caviar.
§   Charcutería y quesos en general.
§   Pan y biscotes con sal.
§   Frutos oleaginosos salados (de aperitivo), aceitunas.
§   Sopas de sobre, purés instantáneos, cubitos, patatas chips.
§   Zumos de hortalizas envasados.
§   Pastelería industrial.
§   Mantequilla y margarina con sal.
§   Aguas con gas y bebidas gaseosas en general.
§   Condimentos salados (mostaza, pepinillos, etc..).
§   Conservas en general.

             Aditivos con sodio presentes en los alimentos :
·         Fosfato disódico : Cereales, quesos, mantecado , bebidas embotelladas.
·         Glutamato monosódico ( GMS) : Productos para incrementar el sabor, carnes, condimentos, pepinillos, sopas dulces, artículos de repostería.
·         Alginato sódico : Mantecados, batidos de chocolate.
·         Benzoato sódico : Zumos de frutas
·         Hidróxido de sodio : Productos con coco, guisantes en lata.
·         Propionato de sodio : Panes
·         Sulfito de sodio : Frutas secas, preparados de verdura para sopa, ensalada.
·         Pectinato de sodio : Jarabes y recubrimientos para pasteles, mantecado, sorbetes, aderezos para ensaladas, compotas y jaleas.
·         Caseinato de sodio : Mantecados y otros productos congelados.
·         Bicarbonato de sodio : Levadura, sopa de tomate, harina, sorbetes, confituras.

 
2.       La sal visible: La que añadimos de forma intencionada en los alimentos al cocinarlos o condimentarlos y supondría el 20% restante.
Desde la Organización Mundial de la Salud (OMS), La Comisión Europea y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, se ha alertado sobre el consumo excesivo de sal, y se han elaborado unas guías y recomendaciones para la disminución de su consumo.  

 
Así pues, se recomienda reducir el consumo de sal a:

o   Una ingesta máxima de 5 gramos para adultos.
o   4 gramos en niños adolescentes comprendidos entre 7 a 10 años.
o   3 gramos en niños menores de 7 años.

El consumo en España está en casi el doble (9.8 gramos por día).

Consejo: 5 gramos de sal es lo que viene a caber en una cucharilla de café. Una buena técnica es por la mañana medir dicha cantidad por persona y que sea el máximo utilizado en todo el día. En todo caso, solo fuera de casa, sería cuando podríamos utilizar el salero pero solo lo imprescindible.

Resultado de imagen de cucharada de sal
 

lunes, 27 de julio de 2015

Marcadores biológicos para la confirmación de SGNC (Sensibilidad al Gluten No Celíaca)

Es  posible que dentro de poco tiempo se dispongan de marcadores biológicos para la detección precoz y el diagnóstico de la Sensibilidad al Gluten No Celíaca.

Una vez descartada la Enfermedad Celíaca  y la Alergia al trigo, se ha de seguir el protocolo de diagnóstico, realizando una prueba de provocación a doble ciego:

  1. Utilizando la "Escala de Clasificaciones de Trastornos Gastrointestinales", ligeramente modificada a tal fin, según la evidencia clínica, identificar de forma inequívoca, que el paciente responde positivamente en la reversión igual o superior al 30% de sus síntomas, con una "Dieta exenta de gluten" durante 6 semanas.
  2. Método posterior de Provocación de síntomas y medición de los mismos, tras la ingesta controlada de gluten.
  3. A distintos tiempos, se utilizará también un placebo para que la prueba realizada tenga rigor científico.
El estudio de estos marcadores está muy avanzado, aunque también es cierto que la separación de estas enfermedades relacionadas ambas con el gluten, es relativamente reciente. Se trabaja con estudios que revelan la posible presencia de actividad inmunológica en la mucosa de estos pacientes SGNC.

El estudio completo se encuentra disponible en 
http://www.mdpi.com/2072-6643/7/6/4966 

viernes, 6 de marzo de 2015

Finalmente España ha legislado sobre alergias e intolerancias para alimentos sin envasar.


Definitivamente llegó a España la trasposición del Reglamento (UE) 1169/2011.
Y a la mayoría de los establecimientos a los que les afecta les ha pillado fuera de juego, y en muchos casos sin tener conocimiento del mismo. Asociaciones profesionales han mandado puntualmente información a sus asociados, pero aun así, a día de hoy son muchos los establecimientos que no solo no lo tienen implantado, si no que no saben cómo hacerlo.
Aunque ya era obligatorio en España el cumplimiento de dicho reglamento europeo desde el pasado 13 de diciembre, estaba pendiente la trasposición a la norma española. Trasposición que podía suponer una mayor exigencia, nunca menor. 

Con meses de demora según los plazos establecidos por el propio Parlamento Europeo, el Gobierno español da luz verde a esta normativa, sin realizar modificaciones de fondo en el texto original.
En el Real Decreto 126/2015, (http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-2293) se mencionan nuevas obligaciones de información al consumidor para establecimientos como restaurantes y hoteles entre otros, (por destacar los más numerosos).

La novedad más importante es que los clientes pueden solicitar la información sobre qué platos pueden tomar en el restaurante sin riesgo a verse afectados por una alergia o intolerancia. Para ello, estos establecimientos deberán facilitar dicha información, aunque sea oralmente, basado en documentos que acrediten dicha información.

En próximas entregas comentaré con mayor detalle las diversas implicaciones.

domingo, 15 de febrero de 2015

Jornada informativa sobre Alérgenos con la Federación Granadina de Hosteleria y Restauración

El pasado martes de 10 febrero de 2015, la Federación Granadina de Hostelería y Restauración organizó una jornada informativa sobre el Reglamento 1169/2011, la información alimentaria, de alérgenos y soluciones para su implementación en hosteleria y restauración, donde Asnutri puso sobre la mesa diversas opciones para el control e información de alérgenos en productos alimenticios no envasados. Así mismo presentó Asnutrisoft, un avanzado software de Gestión Nutricional y de Control de Álérgenos, una herramienta para PROFESIONALES de la nutrición y la dietética, que se presenta como un aliado de los establecimientos del Canal HORECA, gracias a sus versiones BÁSICO Y PREMIUM, automatizando las Fichas de Alérgenos, las Fichas Técnicas de Producción y los escandallos.

domingo, 28 de diciembre de 2014






REGLAMENTO (UE) 1169/2011.
Desde el pasado 13 de diciembre de 2014, ha habido un cambio de normativa referente a la INFORMACIÓN ALIMENTARIA FACILITADA AL CONSUMIDOR en cumplimiento de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición (BOE de 6 de julio).

El Reglamento (UE) 1169/2011 obliga a informar a los consumidores  de las sustancias presentes en los alimentos que puedan producir alergias e intolerancias alimentarias.

POR PRIMERA VEZ SE INCLUYEN los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades (como los servidos en comedores colectivos, residencias, hospitales, restaurantes, bares, etc), o en el caso de los alimentos envasados en los lugares de venta a petición del comprador o envasados para su venta inmediata, y los de venta a distancia, que deberán disponer y ofrecer información acerca de las sustancias que puedan producir alergias e intolerancias incluidas en el anexo II del indicado reglamento. Se trata de una lista de 14 categorías entre las que se incluyen ingredientes como la leche, los huevos, el pescado, los cereales con gluten, los moluscos, los crustáceos, etc, y todos los subingredientes derivados, incluidos aditivos,  presentes en alimentos compuestos.

Asnutri se pone a disposición de todas aquellas empresas o profesionales que lo necesiten, para facilitarle la integración de las obligaciones derivadas de la nueva normativa.

Para ello contamos con especialistas acreditados en Higiene y Legislación alimentaria, así como en Nutrición Humana y Dietética, con más de 20 años de experiencia.

También ponemos a su disposición un Software de Gestión Nutricional y de Alérgenos, ASNUTRISOFT, que les ayudaría de forma sencilla a realizar una autogestión de dicha información. 
Este sofisticado y actualizado software permite introducir Ingredientes Compuestos y sus Álérgenos (ingredientes alimentarios, incluidos aditivos y coadyuvantes tecnológicos utilizados en su fabricación por las industrias alimentarias), y detectar su uso en Recetas o Platos de Cartas o Menús, obteniendo Fichas Técnicas de Elaboración o Producción que incluye la valoración nutricional, con formato ajustado al Reglamento 1169/2011, cumpliendo de esta forma con la nueva normativa europea obligatoria, y aportando valor añadido y mejor servicio e información al consumidor por parte de las empresas del sector de la alimentación que lo utilizan en la Autogestión del Plan de Alérgenos (perteneciente a los Planes Generales de Higiene (PGH) y al Sistema de Autocontrol).

Contacto : www.asnutri.com

miércoles, 29 de octubre de 2014

NECESIDADES NUTRICIONALES DE LA MUJER EN LAS DIFERENTES ETAPAS DEL CICLO VITAL (I PARTE - ADOLESCENCIA)


Como todo ser vivo, los humanos necesitamos alimentarnos para conseguir la energía y los nutrientes que nuestro organismo utiliza para la actividad diaria, el crecimiento, mantenimiento y regeneración de las estructuras que lo conforman. 

Las necesidades varían en función de la edad, el sexo, la talla, la composición corporal, la ingesta calórica, la situación fisiológica (crecimiento, embarazo, lactancia etc.), el nivel de actividad física, factores genéticos, procesos patológicos coexistentes y la temperatura ambiente.

En la mujer la nutrición se enfoca en conseguir el mantenimiento de una buena salud a largo de todo el ciclo vital, y fundamentalmente en la época reproductiva.

Desde el nacimiento se ha de cuidar la alimentación, pero es a la llegada de la PUBERTAD cuando hay que tener especial atención. A partir de esta edad el desarrollo físico y psíquico de los escolares empieza a diferenciarse por sexos en la velocidad, ritmo e intensidad del crecimiento, coexistiendo dentro del mismo sexo chavales con diferentes estadios madurativos y diferentes necesidades nutricionales. En las chicas resaltan las mayores necesidades de hierro, ya que al aumento del volumen sanguíneo necesario para poder cubrir las necesidades de los diversos tejidos que están creciendo y aumentando de volumen, se une la pérdida hemática por la menstruación. Esta diferencia se mantendrá durante todo el ciclo reproductor.

Siendo esta época una de las de mayor crecimiento, se ha de asegurar el aporte de calcio con el consumo de productos lácteos, legumbres, pescados cuya raspa se pueda ingerir (boquerones o sardinas en conserva), y frutos secos preferiblemente ni fritos ni salados. El aporte proteico debe ser 50% de origen vegetal (legumbres, cereales y frutos secos) y 50% de origen animal, teniendo especial importancia aquellos productos que nos aporten más hierro (lentejas, verduras de hoja verde, carnes magras, hígado, foie-gras y embutidos que contengan sangre como la morcilla, butifarra negra, etc.).

Hay que vigilar la aparición de sobrepeso, obesidad y trastornos de la conducta alimentaria, cada vez más frecuentes, asegurando que se realicen todas las comidas, que sean adecuadas y equilibradas, estando presentes todos los grupos de alimentos y en horarios regulares: asegurar el desayuno, para que puedan afrontar los retos físicos e intelectuales de sus obligaciones escolares  y las cenas que no han de ser copiosas ni efímeras, ni a horas tardías. Una correcta hidratación, limitar el consumo de alimentos superfluos, así como el de tóxicos tipo alcohol, tabaco o las drogas es fundamental.

Hay situaciones que requieren modificaciones alimentarias como es el caso de adolescentes con actividad física importante, en cuyo caso las demandas de energías son superiores, y en el caso de embarazos, ya que además de mantener la composición corporal óptima y satisfacer el nivel de crecimiento de la todavía adolescente, hay que añadir las necesidades nutricionales aumentadas para poder satisfacer el desarrollo fetal. Los embarazos de las adolescentes son por ello considerados de riesgo nutricional, ya que la no satisfacción de estas necesidades pueden condicionar tanto la viabilidad y salud del recién nacido como el crecimiento y desarrollo final de la madre.